sábado, 29 de noviembre de 2008

Prohiben fumar en Villa de Merlo


EcoMerlo
Villa de Merlo

Villa de Merlo prohíbe fumar por ordenanza:

Art. 4º) Se prohíbe fumar en lugares cerrados de acceso al público y espacios comunes (los vestíbulos, corredores, pasillos, escaleras y baños). Entre otros, y a título de mera enunciación, se entiende que tal prohibición resulta abarcativa, con los alcances que fija la presente Ordenanza, en:

a) Las oficinas y los edificios para oficinas de áreas públicas, comprendiendo los corredores, baños, los salones y las áreas de comida, de recepción, servicios y esparcimiento.-

b) Las Instituciones de salud y las educativas; públicas y/o privadas.-

c) Los establecimientos de venta al público incluidos centros comerciales.-

d) Teatros, cines, restaurantes, bares, confiterías y casa de lunch.-

e) Cyber, cabinas telefónicas, recintos de cajeros automáticos y otros espacios de uso público de reducido tamaño.-

f) Centros culturales y estudios deportivos cubiertos.-

g) Estaciones terminales y/o de trasbordo de ómnibus de mediana y larga distancia.-

h) Vehículos del servicio público del transporte de pasajeros que estén regulados por el estado municipal.-

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